Sinaloa: Tierra de nadie. Caso elección sindicato UAdeO

Sinaloa: Tierra de nadie. Caso elección sindicato UAdeO

Sinaloa: Tierra de nadie. Caso elección sindicato UAdeO

Por Juan Manuel Acuña Salomón

Sinaloa refleja hoy una profunda crisis de gobernabilidad, marcada por una percepción de impunidad donde las instituciones parecen haber perdido la brújula del orden público. Esta “anomia” social —donde las reglas existen, pero se ignoran con total naturalidad— se ha agudizado: cuando el Estado se vuelca casi exclusivamente a la seguridad, el resto de las funciones gubernamentales se relajan hasta volverse discrecionales. Con fiscalías y juzgados saturados por delitos de alto impacto, la ilegalidad cotidiana queda en segundo plano. Al no haber consecuencias, surge un mensaje peligroso: si el gobierno actúa fuera de la ley, el ciudadano también puede hacerlo. En Sinaloa, parece que solo queda la ley del más fuerte.

Un caso perfecto para analizar este ecosistema de “letra muerta” es la elección del nuevo sindicato de la UAdeO. Aquí, la ilegalidad reina violando leyes, estatutos y reglamentos, bajo la premisa de que nadie se atreverá a intervenir, ya sea por miedo o por la conveniente ausencia de una autoridad que exija rendición de cuentas. En este ambiente, el comité actual ha decidido jugar el papel de juez y parte.

Por estatutos, el periodo del comité actual termina de forma definitiva el 22 de febrero de 2026. Sin embargo, en una interpretación bastante creativa de la normativa, han lanzado una convocatoria para elecciones los días 9, 10, 11, 12 y 13 de marzo. Es decir, pretenden ejercer facultades de organización cuando, legalmente, ya no ostentarán autoridad alguna.

Para rematar esta oda al despropósito, se dan el lujo de decidir que la toma de protesta será “cuando ellos decidan”, incluso en fechas posteriores al aniversario del sindicato, afirmando que esto no afectará la validez de los cargos. Lo que ignoran —o prefieren omitir— es que, al extender su mandato más allá del límite estatutario, incurren en una usurpación de funciones. Según el registro oficial de esta organización ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (con el antecedente 0/22-01/02/2018 de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sinaloa), su periodo tiene una vigencia inamovible: del 1 de abril de 2022 al 22 de febrero de 2026.

Cualquier acto realizado después de esa fecha carece de sustento legal. Este caso apenas comienza y dará mucho de qué hablar; es el síntoma de un estado donde, si la autoridad no respeta sus propias leyes, los ciudadanos quedan a merced del caos.

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juanmanuelacuna2027@gmail.com

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